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Programa de exención de visado (VWP)

¿Qué es el Programa de Exención de Visado?

Hay 41 países que participan en el Programa de Exención de Visado ( VWP). El programa permite a los ciudadanos de los países participantes viajar a EE.UU., entrar en el país y pasar por él como no inmigrantes, tanto por motivos de negocios como de ocio. Las visitas están restringidas a 90 días y no hay necesidad de obtener un visado adicional si el individuo viaja bajo el VWP.Laspersonasque viajan bajo el VWP deben renunciar a sus derechos de revisión o apelación al presentar sus solicitudes ESTA.

¿Cuándo se creó el Programa de Exención de Visado?

El Programa de Exención de Visado (VWP) fue creado por el Congreso de Estados Unidos en 1986. El objetivo del programa era permitir un mayor número de turistas de corta duración y de viajeros de negocios, así como reducir la carga de los recursos locales del Departamento de Estado de EE.UU. en la tramitación de las solicitudes de visado de turista. A lo largo de los años, el programa ha evolucionado para incluir más países miembros, así como más restricciones de viaje. Esta página ofrece información sobre los criterios del VWP para la admisión de nuevos países miembros, el historial de adhesión, las perspectivas de adhesión en el futuro, así como una visión general del ESTA, la autorización electrónica de viaje que permite a los ciudadanos de un país del VWP visitar EE.UU. sin visado.

¿Qué requisitos debe cumplir un país para adherirse al Programa de Exención de Visado?

    • Países que pueden considerarse un Estado soberano
    • Países con un Índice de Desarrollo Humano (IDH) elevado
    • Países que comparten datos de seguridad con Estados Unidos
    • Países que se considera que tienen economías de renta alta
    • Países con un bajo nivel de fraude en pasaportes y aquellos que rastrean pasaportes perdidos o robados
    • Países con estrictos requisitos de seguridad en los pasaportes mediante el uso de pasaportes electrónicos biométricos
    • Países con un bajo número de ciudadanos que sobrepasan la duración de su visado y un bajo número de infractores de la ley de inmigración
    • Países con un bajo índice de denegación de visados de no inmigrante, concretamente por debajo del 3%, como se especifica en la Sección 217 (c)(2)(A)
    • Países que han establecido organizaciones creíbles de lucha contra el terrorismo, aplicación de la ley, control fronterizo y otras organizaciones centradas en la seguridad que tratan de limitar la delincuencia y el terrorismo nacionales.

Países que participan actualmente en el Programa de Exención de Visado

País o países Fecha de admisión en el VWP
Reino Unido, Japón 1988
Francia, Italia, Países Bajos, Suecia, Suiza, Alemania Occidental (posteriormente Alemania en 1990) 1989
Andorra, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Islandia, Liechtenstein, Luxemburgo, Mónaco, Nueva Zelanda, Noruega, San Marino, España 1991
Brunei 1993
Irlanda 1995
Australia 1996
Eslovenia 1997
Portugal, Singapur 1999
República Checa, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Malta, Eslovaquia, Corea del Sur 2008
Grecia 2010
Taiwán 2012
Chile 2014
Polonia 2019
Croacia 2021
Israel 2023

Países retirados del Programa de Exención de Visado

País Fecha de admisión en el VWP Fecha de retirada del VWP
Argentina 1996 2002
Uruguay 1999 2003

Países que están siendo examinados para adherirse al Programa de Exención de Visado

País
Argentina, Brasil, Bulgaria, Chipre, Rumanía, Turquía, Uruguay

¿Qué requisitos debe cumplir un solicitante para entrar en EE.UU. en el marco del Programa de Exención de Visado?

Cualquier persona que sea ciudadano o nacional titular de un pasaporte de uno de los países participantes puede solicitar la entrada en virtud del VWP. A continuación figura una lista de factores que determinan la elegibilidad del viajero:

  • Va a entrar en EE.UU. como no inmigrante, por un periodo no superior a 90 días, ya sea por motivos de negocios o de ocio.
  • Está en posesión de un pasaporte VWP válido expedido por un país participante.
  • No representa una amenaza potencial para el bienestar, la salud o la seguridad de Estados Unidos o de cualquiera de sus ciudadanos.
  • Es titular de un billete de ida y vuelta a un destino fuera de Estados Unidos. El viajero debe tener planes de regresar a su país y su viaje no debe terminar en un lugar cercano a Estados Unidos o a las islas vecinas. Sin embargo, si el viajero es residente en una de esas zonas, está permitido.
  • Puede proporcionar información personal y pruebas que le identifiquen personalmente como viajero elegible para el VWP, como su pasaporte, huellas dactilares e imágenes faciales.
  • Ha cumplido todos los requisitos de cualquier admisión anterior en el marco del VWP.
  • Usted renuncia a cualquier derecho de revisión o apelación de la decisión sobre su solicitud ESTA.
  • El funcionario del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) tomará la decisión final en el punto de entrada.

¿Qué deben hacer los ciudadanos de países VWP cuando visitan EE.UU.?

Los ciudadanos de países VWP necesitarán un ESTA aprobado, o Sistema Electrónico de Autorización de Viaje para visitar Estados Unidos con fines turísticos, de negocios, de tránsito o médicos de corta duración. El ESTA se creó para tramitar electrónicamente en línea las solicitudes de autorización de viaje de los ciudadanos de países VWP. Al presentar una solicitud en línea, el Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) puede preseleccionar a los viajeros contra terroristas y listas de exclusión aérea mientras la solicitud sigue activa en el sistema. Los viajeros deberán cumplir todos los requisitos necesarios del ESTA para que su solicitud sea aprobada.

¿Cuándo es mejor optar por un visado para viajar a EE.UU.?

  • Si su estancia en EE.UU. superará los 90 días y no cumple los requisitos de entrada en EE.UU. en virtud del VWP en el sentido de que su visita no tiene fines recreativos o de negocios a corto plazo.
  • Si la compañía aérea que utiliza para viajar a EE.UU. no está afiliada al VWP.
  • Si cree firmemente que no cumple los requisitos para entrar en EE.UU. en virtud del VWP como resultado directo de la Ley de Inmigración y Nacionalidad § 212(a).

¿Hay inconvenientes en utilizar el VWP?

Debido a que usted renuncia a su derecho de revisión y apelación en virtud del VWP, debe tener en cuenta las siguientes condiciones:

  • No tiene derecho a recurrir una decisión sobre la admisibilidad si se le deniega la entrada en EE.UU.. Esto significa que podría viajar a EE.UU. y aun así no se le permitiría la entrada, pero no tendría derecho a impugnar la denegación de la admisión.
  • No tiene derecho a revisar o apelar su expulsión de Estados Unidos, en caso de que incumpla las condiciones para viajar en el marco del VWP. Esto no se aplica a quienes entraron en EE.UU. como solicitantes de asilo.

Su estatus de no inmigrante es inalterable una vez que se le concede la entrada en EE.UU. bajo el Programa de Exención de Visado.

¿Qué pasa si el oficial del CBP no me permite la entrada a los Estados Unidos bajo el VWP?

Si un funcionario de la CBP le deniega la entrada en los EE.UU., deberá regresar a su país de origen o a un tercer país, si dispone de un billete de vuelta al destino.

¿El ESTA es lo mismo que un visado electrónico?

No, son diferentes ya que los requisitos para los visados B1 y B2 requieren una entrevista en una embajada o consulado de EE.UU. en el país de ciudadanía o residencia del solicitante. El ESTA no requiere tanta información antes del viaje, mientras que la solicitud de visado requiere más información personal, historial de viajes, antecedentes y preguntas de seguridad, así como información sobre los planes de viaje del solicitante. Los participantes en el programa Visa Waiver no están sujetos a estas preguntas cuando solicitan una autorización de viaje.

Consideraciones importantes sobre el ESTA

  • El ESTA no es un visado, es una exención de visado.
  • El ESTA es necesario si se llega por tierra, aire o crucero
  • Un ESTA aprobado no garantiza la admisión ya que hay controles continuos sobre la admisibilidad de un solicitante después de la concesión del ESTA.
  • Sólo pueden solicitarlo los titulares de pasaportes de países elegibles.
  • El ESTA puede utilizarse con fines turísticos, de negocios, de tránsito, médicos y otros, durante un periodo de 90 días. El ESTA permite a los viajeros realizar negocios y turismo sin necesidad de solicitar un visado. El ESTA es válido para la admisión en los 50 estados de EE.UU., así como en los territorios de EE.UU. como Puerto Rico y las Islas Vírgenes de EE.UU. en el Caribe.
  • Los viajeros que deseen solicitar un ESTA deben tratar de presentar sus solicitudes en línea 72 horas antes de su salida hacia los EE.UU. Un viajero debe tener su ESTA antes de embarcar en su vehículo, avión o buque marítimo hacia los Estados Unidos.
  • Una vez aprobado, el ESTA tiene una validez de dos años o la fecha de caducidad del pasaporte, la que sea anterior.
  • Los solicitantes de un ESTA denegado pueden seguir siendo elegibles para solicitar un visado de turista B2 o un visado de negocios B1 para visitar Estados Unidos.
  • Los niños y los bebés deben solicitar cada uno un ESTA y sus solicitudes ESTA deben ser aprobadas para viajar a Estados Unidos.
  • Las personas que hayan viajado a Irán, Irak, Libia, Corea del Norte, Somalia, Sudán, Siria o Yemen a partir del 1 de marzo de 2011 o aquellos que tengan o hayan tenido doble nacionalidad de Irán, Irak, Corea del Norte, Sudán o Siria ya no podrán optar al ESTA y deberán considerar la posibilidad de solicitar un visado para visitar Estados Unidos si se les deniega el ESTA.

Para más información sobre los requisitos para solicitar el ESTA, visite la siguiente página: Requisitos ESTA

Referencias

[1] "Programa de Exención de Visado". Departamento de Estado de los Estados Unidos. Recuperado 2017-05-16. https://travel.state.gov/content/visas/en/visit/visa-waiver-program.html

[2] "AVISO DE VIAJE; el acuerdo permite viajar a Japón sin visado". The New York Times. 30 de octubre de 1988. Recuperado 2017-05-16. https://www.nytimes.com/1988/10/30/travel/travel-advisory-accord-allows-trips-to-japan-without-a-visa.html

[3] "Oficina General de Contabilidad de Estados Unidos: Implicaciones de la eliminación del Programa de Exención de Visado" (PDF). Recuperado 2017-05-16. http://www.gao.gov/new.items/d0338.pdf

[4] "Programa de exención de visados". Americanlaw.com. Recuperado 2017-05-16. http://www.americanlaw.com/vwpp.html