Verificar Estatus de ESTA
Noticias, información y ayuda sobre ESTA.

Viajar con discapacidad a Estados Unidos

Editado: ene 21, 2024  | Tags: Seguridad aérea, Viajar con discapacidad

Viajar a Estados Unidos en avión puede ser una experiencia gratificante, que ofrece oportunidades para la aventura, los negocios y el intercambio cultural. Para los viajeros con discapacidad, es importante saber que los viajes en avión a Estados Unidos se rigen por una normativa que garantiza la accesibilidad y la adaptación. Este artículo ofrece una guía completa sobre cómo viajar con discapacidad a Estados Unidos en avión, que abarca la planificación, los trámites aeroportuarios, los alojamientos a bordo y la llegada.

Conozca sus derechos: La Ley de Acceso a Compañías Aéreas (ACAA)

La Ley de Estadounidenses con Discapacidad estipula que una persona sufre una discapacidad si tiene un impedimento mental o físico que limita significativamente una o más actividades importantes de la vida. La buena noticia es que la ACAA (Air Carriers Act) prohíbe a cualquier compañía aérea hacer una distinción injusta o perjudicial en el trato a los pasajeros por razón de su discapacidad. Es responsabilidad del DOT (Departamento de Transporte) hacer cumplir esta ley, que se aplica a todos los vuelos dentro de EE.UU., con origen o destino en ese país.

La ley también obliga a todas las compañías aéreas a ofrecer a los pasajeros que sufran alguna discapacidad determinados tipos de asistencia. La lista incluye ayuda para subir y guardar dispositivos de asistencia; proporcionar una silla de ruedas u otro tipo de ayuda para embarcar, desembarcar o conectar con un segundo vuelo; y ayudar con el tipo específico de disposición de asientos que pueda necesitar la persona discapacitada. De este modo, los viajeros discapacitados pueden volar a casi cualquier destino internacional, siempre que lleven a cabo los preparativos necesarios. Ciertos tipos de viajeros discapacitados, como los que tienen pérdida auditiva, pérdida de visión, limitaciones de movilidad o discapacidades cognitivas, pueden necesitar una atención especial e individualizada.

Antes de reservar un viaje a EE.UU., los viajeros discapacitados deben evaluar su posible itinerario consultando a un operador turístico especializado o a un agente de viajes para averiguar si existen dificultades al viajar con una discapacidad. En segundo lugar, hablar del viaje con un proveedor de servicios sanitarios para obtener recomendaciones. En tercer lugar, planifique todos los aspectos del viaje y reserve el alojamiento necesario que se adapte a sus necesidades.

¿Cuáles son las directrices de la ACAA para viajar con una discapacidad?

Según las directrices de la ACAA, cuando un pasajero con discapacidad solicita asistencia, es obligatorio que la compañía aérea cumpla una serie de requisitos específicos de accesibilidad. Algunos ejemplos son: facilitar el acceso a la puerta del avión (idealmente a través de un puente de entrada a nivel), un asiento con reposabrazos que se puedan quitar y un asiento de pasillo. Los aviones con menos de 30 plazas suelen estar exentos de estos requisitos.

Es obligatorio que los aviones de más de 60 plazas ofrezcan una silla de ruedas a bordo (asiento de pasillo), y el personal tiene que ayudar a trasladar la silla de ruedas de un asiento a los aseos. Los miembros del personal de la aerolínea no tienen que trasladar a los pasajeros de una silla de ruedas a otra, de una silla de ruedas a un asiento del avión o de una silla de ruedas a un asiento del aseo. Además, tampoco están obligados a ayudar a los pasajeros a ir al baño, darles de comer o dispensarles medicamentos.

Sólo los aviones de fuselaje ancho con dos o más pasillos están obligados a ofrecer aseos totalmente accesibles a los discapacitados. Los pasajeros con discapacidad que necesiten ayuda deben viajar con un asistente o acompañante. Sin embargo, dentro de lo razonable, las compañías aéreas no pueden obligar a las personas con discapacidad a viajar con un acompañante.

Las compañías aéreas no pueden insistir en que se avise con antelación a los pasajeros con discapacidad. Sin embargo, sí pueden exigir que se avise con 48 horas de antelación como máximo y que se facture con 1 hora de antelación para determinados tipos de alojamiento que requieren tiempo para prepararse, si están disponibles, como los siguientes:

  • Transporte de una incubadora
  • Oxígeno médico para utilizar durante el vuelo
  • Instalaciones de conexión a la red eléctrica del avión para un respirador
  • Alojamiento de una persona que tenga que viajar en camilla
  • Transporte de una silla de ruedas eléctrica en un avión con menos de 60 plazas
  • Suministro de embalajes de materiales peligrosos para baterías de sillas de ruedas o baterías utilizadas en otros dispositivos de asistencia
  • Proporcionar alojamiento a un grupo de menos de 10 personas discapacitadas que vuelan juntas como grupo
  • Proporcionar una silla de ruedas (asiento de pasillo) para su uso a bordo de un avión sin aseos accesibles.

El Departamento de Transporte de EE.UU. dispone de una línea telefónica gratuita. El número para llamadas de voz es 800-778-4838 y para llamadas TTY es 800-455-9880. Estos números están atendidos de 9:00 AM a 5:00 PM (ET) en días laborables, excepto festivos federales. El personal de estas líneas de contacto puede ayudar a los pasajeros aéreos en cuestiones urgentes relacionadas con la discapacidad y también proporcionar información general al público sobre los derechos de los viajeros aéreos discapacitados.

Antes de iniciar el viaje

Tenga en cuenta que las normas de accesibilidad para viajeros con discapacidad difieren de un país a otro. Algunos países, por ejemplo, carecen de legislación que obligue a las compañías aéreas a acomodar a las personas discapacitadas. Consulte a las compañías aéreas o de cruceros, hoteles y agencias de viajes para saber más sobre los servicios disponibles durante el viaje, así como en el destino. Si tiene un animal de servicio, como un perro guía, infórmese también sobre los servicios disponibles para él. Si tiene una discapacidad intelectual o de aprendizaje, hable con una organización especializada en organizar viajes para personas con discapacidades similares. Si es ciudadano estadounidense, considere la posibilidad de inscribirse en STEP, el Programa de Inscripción de Viajeros Inteligentes. Recibirá avisos de viaje y actualizaciones de seguridad en tiempo real. Inscribirse en el programa también facilitará la ayuda del consulado o embajada de EE.UU. en caso de emergencia.

Consideraciones médicas

Si su plan de seguro médico local no cubre los viajes al extranjero, el Departamento de Estado estadounidense le recomienda encarecidamente que contrate un seguro médico adicional, así como un seguro que cubra la evacuación médica en caso de necesidad.

Como viajero, debe llevar siempre consigo lo siguiente: una carta de su proveedor de atención sanitaria que establezca nuestra información médica importante, como sus afecciones médicas, los medicamentos que está tomando y las posibles complicaciones. También debe llevar siempre consigo información sobre alertas médicas.

Cuando viaje, asegúrese siempre de que lleva suficiente medicación con receta para todo el viaje, así como algún medicamento adicional por si se retrasa el regreso a casa para obtener más medicación. No guarde sus recetas en un paquete de pastillas, sino en un recipiente debidamente etiquetado por si la medicación es examinada por los servicios de seguridad del aeropuerto o por el Servicio de Aduanas y Protección de Fronteras (CBP).

Ciertos tipos de medicamentos con receta que son ilegales en EE.UU. pueden ser legales en su país de origen, o viceversa. Los medicamentos vitales deben ir acompañados de un certificado médico. Puede llamar por teléfono o enviar un correo electrónico a los consulados o embajadas extranjeros para obtener información adicional sobre cualquier restricción.

Equipos de asistencia

Los viajeros que entren en Estados Unidos pueden llamar al teléfono de ayuda de la TSA (Administración de Seguridad en el Transporte) para solicitar asistencia en relación con cualquier enfermedad o discapacidad. Puede visitar el sitio web de la TSA para obtener información sobre procedimientos, políticas y puntos de control de seguridad.

Compruebe también si existen políticas especiales relacionadas con dispositivos como máquinas portátiles, sillas de ruedas, respiradores, baterías y oxígeno. Piense más bien en alquilar equipos médicos y/o sillas de ruedas en su destino. Para ello tendrá que investigar un poco sobre los proveedores de equipos médicos y sillas de ruedas en el estado de EE.UU. que vaya a visitar. Si quieres un par de enlaces a proveedores de equipos médicos en el extranjero, visita la página web de Mobility International (MIUSA) o la de la Red Europea de Turismo Accesible (ENAT).

Animales de servicio

Póngase en contacto con la embajada o el consulado de Estados Unidos para obtener más información sobre posibles diferencias culturales y otras restricciones relativas a los animales de servicio. Trate de obtener toda la información posible sobre vacunas, cuarentena y el tipo de documentación exigida por el estado que va a visitar. También sería útil consultar al veterinario local para obtener consejos sobre cómo viajar a Estados Unidos con un animal de servicio. En tercer lugar, antes de hacer cualquier reserva, confirme primero con el hotel u hoteles de destino para asegurarse de que aceptan animales de servicio.

Códigos y normativas

El Congreso aprobó en 1986 la Ley de Acceso a Compañías Aéreas o ACAA (Air Carrier Access Act) para garantizar que las personas con discapacidad no sean discriminadas y reciban un trato acorde con el transporte seguro de los demás pasajeros aéreos. La normativa aprobada por el Departamento de Transporte (DOT) es aplicable a todos los vuelos de las compañías aéreas estadounidenses, así como a los vuelos de compañías extranjeras con origen o destino en Estados Unidos.

Cruceros

Las empresas u organizaciones estadounidenses que realizan excursiones o programas a bordo de cruceros tienen ciertas responsabilidades en lo que se refiere al acceso de los viajeros discapacitados, independientemente de que el barco esté registrado en el país o en el extranjero. Sin embargo, todas las personas con discapacidad deben confirmar primero con la compañía de cruceros de su elección que los artículos o servicios necesarios o solicitados están disponibles antes de hacer una reserva. También hay varias agencias de viajes y operadores de cruceros que atienden específicamente a viajeros con necesidades especiales.

Viajes en avión

Bastantes compañías aéreas extranjeras tienen códigos iguales o similares a los estadounidenses, basados en las directrices de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI ). Sin embargo, estas directrices no son exactamente iguales a las definidas por la legislación estadounidense. Aparte de eso, el nivel de aplicación puede diferir según el lugar y la compañía aérea.

Servicios de información y reserva de vuelos

Las compañías aéreas que prestan servicios telefónicos de información y reserva al público en general tienen que garantizar que estos servicios también estén disponibles para las personas sordas o con dificultades auditivas a través de un servicio de retransmisión de telecomunicaciones, un TCD (dispositivo de telecomunicaciones para sordos) u otra tecnología.

Aeropuertos

Como parte de la Ley de Acceso de las Compañías Aéreas, el Departamento de Transporte exige que todas las instalaciones de las terminales de los aeropuertos que reciban aportaciones financieras del gobierno federal garanticen o permitan el subtitulado de alto contraste.

Los subtítulos son obligatorios en todo momento en las televisiones y otras pantallas audiovisuales que puedan mostrar subtítulos y estén situadas en zonas comunes de la terminal del aeropuerto a las que tengan acceso los pasajeros, incluida la zona de venta de billetes, la zona de puertas de embarque, las salas para pasajeros y los espacios comerciales alquilados de restaurantes y tiendas.

Seguridad aeroportuaria

La TSA ha elaborado un programa para controlar a los viajeros discapacitados y sus equipos, dispositivos y ayudas para la movilidad. En él se permiten las recetas médicas, así como los medicamentos líquidos y otros líquidos necesarios para las personas que sufren discapacidades y afecciones médicas.

Los viajeros discapacitados o aquellos que padezcan afecciones médicas que puedan afectar al control de la TSA tienen derecho a utilizar tarjetas de notificación cuando se comuniquen con el agente. Los lectores pueden obtener más información sobre las directrices de la TSA para viajeros discapacitados en el siguiente sitio web: https://www.tsa.gov/travel/special-procedures.

Al igual que otras personas con discapacidades u otras afecciones médicas, los pasajeros sordos o con problemas auditivos pueden entregar al agente de la TSA una tarjeta de notificación u otro documento médico que explique su afección y le informe de la necesidad de ayuda en el proceso de control.

Los viajeros con discapacidades no tienen que quitarse sus dispositivos de implante coclear externo o audífonos. Sin embargo, puede ser necesario un control adicional, como la inspección del dispositivo o un cacheo, si los dispositivos de asistencia activan las alarmas de seguridad.

Puertas de embarque, taquillas y mostradores de atención al cliente

Actualmente, las normas de la ACAA obligan a las personas sordas o con dificultades auditivas a identificarse para recibir información accesible. La información a los pasajeros, como los cambios en los horarios de los vuelos, la asignación de puertas de embarque, las conexiones y la recogida de equipajes, debe transmitirse puntualmente a través de un método de comunicación accesible a las personas que se hayan identificado como discapacitadas auditivas.

Las personas con deficiencias auditivas deben identificarse ante el personal de la compañía en el mostrador de atención al cliente o en la puerta de embarque, independientemente de que lo hayan hecho antes en la zona de venta de billetes. Esta norma no exige la presencia de un intérprete de lengua de signos para garantizar que el pasajero sordo recibe toda la información pertinente.

Durante el vuelo

Las compañías aéreas están obligadas a proporcionar determinadas adaptaciones durante el vuelo a los pasajeros con discapacidad. Por ejemplo, ayuda para guardar y recoger el equipaje de mano, para ir al baño o para subir y bajar de los asientos. Si necesita otras adaptaciones, como el uso de una silla de pasillo o una asignación de asiento específica, comuníquelo a la compañía aérea al reservar el vuelo.

Para los viajeros con discapacidad auditiva o visual, muchas aerolíneas ofrecen opciones accesibles de entretenimiento a bordo, como subtítulos o audiodescripción. Si utiliza una silla de ruedas, la mayoría de las compañías aéreas pueden guardar sillas de ruedas plegables a bordo, y algunos aviones están equipados con una silla de ruedas a bordo.

Embarque y desembarque

En los aviones más pequeños puede no haber una pasarela, lo que significa que los pasajeros que utilizan sillas de ruedas tienen que subir o bajar las escaleras manualmente, aunque algunos aeropuertos utilizan actualmente ascensores o montacargas.

Para facilitar el embarque y desembarque, los viajeros con discapacidad suelen necesitar un asiento de pasillo. Sin embargo, los viajeros deben mencionar específicamente que necesitan un asiento de pasillo, primero al reservar los billetes y después en el mostrador de facturación del aeropuerto.

Acomodaciones y asistencia

La ACAA ha determinado que las compañías aéreas no pueden denegar el pasaje a una persona por razón de su discapacidad. No obstante, hay un par de excepciones. La compañía aérea está autorizada a denegar el transporte si transportar a la persona infringe las normas de seguridad de la FAA (Administración Federal de Aviación) o pone en peligro la seguridad o la salud de otros pasajeros.

Es obligatorio que las compañías aéreas acepten una declaración del pasajero sobre su autosuficiencia. Sólo en circunstancias específicas puede exigirse un certificado médico por escrito del médico del pasajero que declare que éste es capaz de realizar el vuelo con seguridad sin poner en peligro a otros pasajeros o sin necesidad de cuidados médicos extraordinarios.

Normalmente se exige un certificado médico si una persona va a necesitar oxígeno o una camilla, quiere viajar con lo que podría ser una enfermedad contagiosa o si es razonable esperar que su estado de salud afecte al funcionamiento del vuelo.

Consejos para viajar sin problemas

  1. Planifique con antelación: Organice la asistencia y el alojamiento con la compañía aérea y el aeropuerto con suficiente antelación a la fecha de su viaje.
  2. Conozca sus derechos: Familiarícese con la Ley de Acceso a Compañías Aéreas y con sus derechos como viajero con discapacidad.
  3. Lleve lo esencial: Guarde los artículos esenciales, como medicamentos y equipos médicos, en su equipaje de mano para poder acceder a ellos fácilmente durante el vuelo.
  4. Comunique sus necesidades: Comunique claramente sus necesidades específicas al personal de la compañía aérea y del aeropuerto para asegurarse de que pueden proporcionarle la asistencia necesaria.
  5. Manténgase informado: Manténgase informado de cualquier cambio en el horario de vuelo o en el alojamiento, y no dude en hacer preguntas o solicitar ayuda cuando sea necesario.

Conclusión

Viajar a Estados Unidos en avión con discapacidad requiere una planificación y coordinación cuidadosas, pero con los preparativos adecuados y el conocimiento de sus derechos, puede ser una experiencia cómoda y agradable. Las compañías aéreas y los aeropuertos de EE.UU. están equipados para proporcionar las adaptaciones y la asistencia necesarias, garantizando que los viajeros con discapacidad tengan acceso a las mismas oportunidades de viajar en avión que los demás pasajeros. Si conoce los servicios disponibles y defiende sus necesidades, podrá embarcarse en un viaje exitoso y satisfactorio a Estados Unidos.